SEGURO DE ACCIDENTE

Con el Seguro de Accidentes cuentas con un respaldo economico y asistencial, tenemos las mejores opciones para el seguro de accidente personal.

PLAN ACCIDENTES JUVENIL

Proteger a nuestra familia y a los seres que más queremos, es uno de los principales propósitos que se tiene como ser humano y más cuando ese alcance se quiere llevar a personas menores. Diseñado para jóvenes hasta los 25 años.

Esta solución garantiza su protección en caso de un accidente o una enfermedad con todo el respaldo de nuestra red de hospitales y cobertura a nivel nacional. Plan Accidentes Juvenil es la oportunidad de asegurar a quienes más amas.

  • Amparo de gastos de curación: cubre los gastos médicos como consecuencia de un accidente; los gastos por hospitalización, medicamentos, elementos de curación, derechos de sala de cirugía, honorarios médicos u odontológicos, anestesia, exámenes de laboratorio, transfusiones de sangre, rayos X, escanografías, servicios de enfermería, gastos de traslado (ambulancia), gastos de fisioterapia, entre otros.
  • Amparo de invalidez accidental: cubre los gastos extraordinarios provocados por la invalidez, por la pérdida funcional o anatómica de miembros, por ceguera, por la pérdida de la audición o del habla. Para cada órgano o miembro afectado, está determinado un porcentaje de indemnización.
  • Amparo de muerte accidental: esta cobertura otorga una indemnización en caso de presentarse la muerte del asegurado como consecuencia de un accidente amparado por la póliza.

Dentro de la póliza de Plan Accidentes Juvenil no tienen cobertura los hechos que sean consecuencia de:

  • Muerte o lesiones causadas con arma de fuego, cortante o contundente.
  • Infección bacteriana y tratamientos médicos o quirúrgicos que no sean motivados por un accidente amparado por la póliza
  • Cualquier enfermedad corporal o mental, hernias de cualquier clase, oclusiones intestinales y rotura de aneurismas.
  • Afecciones causadas por picaduras de insectos: malaria, tifo exantemático y fiebre amarilla.
  • Accidentes por ser conductores o acompañantes de motocicletas, moto, motonetas y otros vehículos a motor de sólo dos ruedas.
  • El suicidio o la tentativa de suicidio, estando o no el asegurado en uso de sus facultades mentales.
  • Actos de guerra civil o internacional, hechos de autoridad civil o militar (Policía o Ejército), revolución, rebelión, sedición, asonada, motines, huelgas, movimientos subversivos o, en general, actos violentos motivados por conmociones populares de cualquier clase.

Todos los menores de 25 años que dependan económicamente de sus padres.

En este Plan el pago de la prima es anticipado y es sólo anual.

Para hacer efectivos los derechos otorgados por el Plan Accidentes Juvenil deberán presentar en cualquiera de las oficinas de la compañía de Seguros, los siguientes documentos:

Por gastos de curación:

  • Formulario de reclamación suministrado por la Compañía.
  • Informe y certificado médico cuando las lesiones sean internas o haya hospitalización.
  • Facturas debidamente canceladas de los gastos incurridos

Por invalidez accidental:

  • Formulario de reclamación.
  • Informe y certificado médico.

Por muerte accidental:

  • Formulario de reclamación.
  • Registro civil de nacimiento.
  • Registro civil de defunción.
  • Acta de levantamiento del cadáver.
  • Certificado de necropsia.

PLAN ACCIDENTES PERSONAS

Brinda protección en caso de que ocurra algún evento accidental.

Dentro del Plan Accidentes Personales tendrás cobertura a través de los siguientes amparos:

  • Muerte accidental: cubre en caso del fallecimiento del asegurado como consecuencia de un accidente.
  • Invalidez por accidente: protege en el caso de que por la ocurrencia de un accidente, el asegurado padeciere invalidez total o la pérdida o inutilización de órganos o miembros.
  • Invalidez por enfermedad: protege en el caso de que por la ocurrencia de una enfermedad, el asegurado padeciere invalidez total o la pérdida o inutilización de órganos o miembros.
  • Gastos de curación: cubre los gastos médicos como consecuencia de un accidente; los gastos por hospitalización, medicamentos, elementos de curación, derechos de sala de cirugía, honorarios médicos u odontológicos, anestesia, exámenes de laboratorio, transfusiones de sangre, rayos X, escanografías, servicios de enfermería, gastos de traslado (ambulancia), gastos de fisioterapia, entre otros.
  • Renta diaria por accidente: a través de este amparo se indemniza hasta por un año la suma asegurada, cuando las lesiones ocurridas por accidente generen una incapacidad.

  • Lesiones o muerte causadas con arma de fuego, cortante, punzante o contundente.
  • Suicidio o tentativa de suicidio estando o no el asegurado en uso de sus facultades mentales.
  • El uso de vehículos o artefactos aéreos en calidad de piloto, estudiante de pilotaje, mecánico de aviación o miembro de la tripulación.
  • Actos de guerra interior o exterior, revolución, rebelión, sedición, asonada o actos violentos motivados por conmoción social o por aplicación de la ley marcial, prestación del servicio militar, naval aéreo o de policía.
  • Fisión o fusión nuclear o radioactividad, sea en forma directa o indirecta.
  • Intoxicaciones, lumbalgias, espasmos musculares y hernias de cualquier clase.

  • Se podrán asegurar las personas entre los 18 y los 65 años de edad (a excepción del amparo de invalidez por enfermedad en el que sólo se podrá ingresar hasta los 55 años).

Para brindar una mayor facilidad de pago, las primas pueden ser fraccionadas en diferentes formas de pago: mensual, trimestral, semestral o anual.

Los pagos de las primas se pueden hacer por débito automático, o directamente en la Compañía de Seguros.

Siniestro por muerte accidental o violenta

  • Formulario de reclamación.
  • Registro civil de defunción.
  • Registro civil de nacimiento.
  • Informe y certificado médico.
  • Original de la póliza.
  • Certificado de necropsia.
  • Constancia de levantamiento de cadáver.
  • Registro civil de nacimiento de los beneficiarios menores de edad.
  • Certificado del monto de la deuda si el beneficiario es un acreedor.
  • Dos declaraciones extrajuicio sobre número de hijos y sus nombres cuando la designación como beneficiarios no es nominal sino genérica.

Siniestro invalidez por accidente o enfermedad

  • Formulario de reclamación.
  • Certificado médico.
  • Historia clínica completa.

Accidente (gastos de curación y/o renta diaria)

  • Formulario de reclamación.
  • Informe médico.
  • Facturas originales canceladas de gastos incurridos.
  • Anexar radiografías y sus respectivas lecturas.
  • En caso de accidente odontológico, adjuntar placas e historia odontológica del accidente.
  • En caso de incapacidad por accidente avisar por escrito a la Compañía dentro de los primeros seis días siguientes a la ocurrencia del siniestro.

Estamos listos para encontrar la opción que más se ajuste a tus necesidades y presupuesto