SEGURO DE VIDA
Una vida tranquila con nuestros seguros de vida, alternativas para mantener tu calidad de vida y la de tus seres queridos.
VIDA PERSONAL
Gracias a la flexibilidad que ofrece el Plan Vida Personal, es posible llegar a públicos de diferentes niveles socio económicos que estén iniciando o consolidando su vida laboral y que busquen a través del seguro de vida proteger sus ingresos con un capital de respaldo que les permita en caso de fallecimiento, accidente, enfermedad o sobrevivencia, conservar la independencia económica y mantener su calidad de vida y la de sus seres queridos.
El Plan Vida Personal toma las mejores características de los planes existentes para que tu puedas, de manera flexible, construir tu seguro de vida de acuerdo con tus necesidades de protección, tu momento de vida y tu capacidad de pago.
Porque es un seguro de vida en el cual de una manera flexible se pueden considerar tus necesidades de protección y construir el seguro a tu medida, ya que podrás escoger:
- El tiempo que necesitas estar asegurado
- El tiempo durante el cual deseas pagar el seguro
- El crecimiento deseado para el capital de respaldo
- El tipo de cuota que deseas pagar
- El porcentaje de devolución de pagos deseado en caso de fallecimiento o sobrevivencia
El Plan Vida Personal tiene asociado un fondo de ahorro a la vista que permite tener una alternativa de inversión en el seguro de vida.
La forma de pago puede ser mensual (débito bancario, nómina de la empresa ), semestral o anual, tarjeta de credito o PSE.
Para toda reclamación a este seguro, el asegurado o sus beneficiarios deberán presentar a la compañía los siguientes documentos,
según el caso:
Por muerte
- Formulario de reclamación
- Registro civil de defunción
- Registro civil de nacimiento del asegurado
- Informe y Certificado del o de los médicos tratantes
- Registro civil de nacimiento de los beneficiarios menores de edad
- Dos declaraciones extrajuicio sobre el número de hijos del asegurado y sus nombres, cuando su designación como beneficiarios no sea nominal sino genérica.
- Cuando sea el caso de pago a herederos, la prueba de esta calidad
- Certificación del monto de la deuda si el beneficiario es un acreedor.
Por muerte accidental o violenta
En adición a los indicados en el numeral anterior:
- Acta de levantamiento de cadáver
- Certificado de Necropsia
SEGURO VIDA PARA TODOS
Es el seguro de Vida Individual de la empresa diseñado con el fin de ofrecer la oportunidad de satisfacer las necesidades de protección y de ahorro a través de unos planes estandarizados, donde cada plan tiene un valor predefinido para cada una de las coberturas.
- Fallecimiento
- Servicio Exequial
- Anexo de Accidentes Personales y enfermedades: En caso de accidente o enfermedad brinda las siguientes coberturas: Invalidez por accidente, invalidez por enfermedad, muerte Accidental, renta diaria por hospitalización: Si durante la vigencia de la póliza y con motivo de un accidente o enfermedad no preexistente al momento de iniciar la vigencia de este amparo, el asegurado fuere hospitalizado, la empresa pagará en calidad de renta diaria a partir del segundo día de hospitalización y hasta por un máximo de 60 días continuos o discontinuos durante el año de vigencia del seguro, la suma que aparece pactada en la carátula de la póliza más su respectivo crecimiento.
- Maternidad: De este beneficio de renta por hospitalización gozarán las aseguradas cuyo embarazo haya terminado después de doscientos setenta (270) días de haberse iniciado el seguro.
Exclusiones para el amparo básico
No se cubrirá el suicidio del asegurado estando o no en su sano juicio antes de haber transcurrido un (1) año, desde la fecha del contrato.
Para este seguro la indemnización no se dará cuando sea consecuencia directa, indirecta, total o parcial de lesiones causadas con arma de fuego, cortante, punzante o contundente durante su primer año de vigencia. También debes tener en cuenta que tampoco será cubierta cuando sea consecuencia directa, indirecta, total o parcial del uso, como conductor o acompañante, de motocicletas, motonetas u otros vehículos a motor de sólo dos ruedas si el asegurado es menor de 25 años
Exclusiones para los anexos de accidentes personales- la contempladas en el clausulado de la compañía de seguros.
Edad mínima de ingreso para el amparo de Vida y para los anexos: 18 años.
Edad máxima de ingreso para el amparo de Vida y para los anexos: 55 años.
Edad de permanencia: para el Amparo Básico hasta los 75 años, edad en la cual puede convertir su póliza a un seguro Ordinario de Vida. Para el anexo hasta los 70 años.
- La forma de pago puede ser mensual (débito bancario, nómina de la empresa ), semestral o anual, tarjeta de credito o PSE.
Para toda reclamación a este seguro, el asegurado o sus beneficiarios deberán presentar a la compañía los siguientes documentos, según el caso:
Por muerte
- Formulario de reclamación
- Registro civil de defunción
- Registro civil de nacimiento del asegurado
- Informe y Certificado del o de los médicos tratantes
- Original de la póliza
- Registro civil de nacimiento de los beneficiarios menores de edad
- Dos declaraciones extrajuicio sobre el número de hijos del asegurado y sus nombres, cuando su designación como beneficiarios no sea nominal sino genérica.
- Cuando sea el caso de pago a herederos, la prueba de esta calidad
- Certificación del monto de la deuda si el beneficiario es un acreedor.
Por muerte accidental o violenta
En adición a los indicados en el numeral anterior:
- Acta de levantamiento de cadáver
- Certificado de Necropsia
- Recuerda que con el ahorro puedes garantizar la educación de tus hijos, garantizar una calidad de vida a futuro e incluso para evitar la cancelación cuando no hay pago de primas, se retira el dinero del fondo y se abona a las primas de protección del seguro de vida o de otros seguros.
- Los productos de vida individual pueden tener fondo tanto en portafolio en pesos como en dólares, a excepción de Vida para todos que sólo maneja el fondo con portafolio en pesos
- Los portafolios del Fondo están compuestos en un 100% por títulos de Renta Fija, los cuales están sujetos a cambios en su valor a través del tiempo por condiciones de oferta y demanda.
- En todos los productos actuales de Vida Individual de la empresa, el asegurado puede aportar primas de inversión en adición a las primas de su seguro de vida.
- En cualquier momento, el asegurado tendrá derecho a realizar retiros parciales, no superiores al 80% del saldo disponible, o a su retiro total. El monto de los retiros podrá ser reintegrado, total o parcialmente, durante la vigencia de la póliza; el impuesto del 4 por mil para el fondo de ahorro se liquida para rescates que se realicen en efectivo
- El valor mínimo que puedes ahorrar es $10.000 (Independiente de la forma de pago), el valor máximo a ahorrar debe tener como límite 60 veces la prima de protección (del amparo en vida), además este ahorro tiene la opción de incrementarse anualmente, para lo cual puedes puede definir el porcentaje de incremento para el mismo.
Estamos listos para encontrar la opción que más se ajuste a tus necesidades y presupuesto