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SEGURO DE ROTURA DE MAQUINARIA

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Que cubre ?

Que no cubre ?

Quien se puede Asegurar ?

Cuando su empresa contrata el seguro de rotura de maquinaria, estará protegiendo los posibles daños materiales que afecten internamente la maquinaria de su propiedad ante eventos como:

 

•Impericia o negligencia.

•Corto circuito y arcos voltaicos.

•Errores en diseño, cálculo o montaje.

•Explosión física o química.

•Falta de agua en calderas.

•Tempestad.

 

Y para una mayor protección, puede acceder a otras coberturas adicionales:

 

•Incendio interno.

•Gastos adicionales por horas extras o trabajo nocturno.

•Bombas sumergidas y bombas para pozos profundos.

•Lucro Cesante.

De forma general, este seguro no cubre:

 

•Defectos ya existentes de la maquinaria.

•Hurto.

•Guerra.

•Huelga o rebelión.

•Terrorismo y actos mal intencionados de terceros.

•Terremoto, temblor de tierra y erupción volcánica.

•Riesgos nucleares o atómicos.

•Daños ocasionados por reparaciones encaminadas a prolongar la vida útil de la maquinaria.

•Desgaste, deterioro u oxidación.

•Pérdida o alteración de datos electrónicos.

 

 

 

Cualquier empresa radicada en Colombia, con sus permisos de funcionamiento vigentes, y que desee proteger su patrimonio.

 

 

 

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Un seguro específicamente diseñado para ofrecer a las empresas una protección completa para proteger su maquinaria industrial y las pérdidas consecuenciales que un daño interno en ellas puedan causar en su operación productiva.

 

 

 

Forma de pago

Pago único al inicio de la vigencia del seguro.

- Financiación en cuotas.

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