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PLAN ACCIDENTES JUVENIL

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Proteger a nuestra familia y a los seres que más queremos, es uno de los principales propósitos que se tiene como ser humano y más cuando ese alcance se quiere llevar a personas menores. Diseñado para jóvenes hasta los 25 años.

 

Esta solución garantiza su protección en caso de un accidente o una enfermedad con todo el respaldo de nuestra red de hospitales y cobertura a nivel nacional. Plan Accidentes Juvenil es la oportunidad de asegurar a quienes más amas.

 

  • Qué cubre ?

    • Amparo de gastos de curación: cubre los gastos médicos como consecuencia de un accidente; los gastos por hospitalización, medicamentos, elementos de curación, derechos de sala de cirugía, honorarios médicos u odontológicos, anestesia, exámenes de laboratorio, transfusiones de sangre, rayos X, escanografías, servicios de enfermería, gastos de traslado (ambulancia), gastos de fisioterapia, entre otros.

    • Amparo de invalidez accidental: cubre los gastos extraordinarios provocados por la invalidez, por la pérdida funcional o anatómica de miembros, por ceguera, por la pérdida de la audición o del habla. Para cada órgano o miembro afectado, está determinado un porcentaje de indemnización.

    • Amparo de muerte accidental: esta cobertura otorga una indemnización en caso de presentarse la muerte del asegurado como consecuencia de un accidente amparado por la póliza.

     

  • Que no cubre ?

    Dentro de la póliza de Plan Accidentes Juvenil no tienen cobertura los hechos que sean consecuencia de:

    • Muerte o lesiones causadas con arma de fuego, cortante o contundente.

    • Infección bacteriana y tratamientos médicos o quirúrgicos que no sean motivados por un accidente amparado por la póliza

    • Cualquier enfermedad corporal o mental, hernias de cualquier clase, oclusiones intestinales y rotura de aneurismas.

    • Afecciones causadas por picaduras de insectos: malaria, tifo exantemático y fiebre amarilla.

    • Accidentes por ser conductores o acompañantes de motocicletas, moto, motonetas y otros vehículos a motor de sólo dos ruedas.

    • El suicidio o la tentativa de suicidio, estando o no el asegurado en uso de sus facultades mentales.

    • Actos de guerra civil o internacional, hechos de autoridad civil o militar (Policía o Ejército), revolución, rebelión, sedición, asonada, motines, huelgas, movimientos subversivos o, en general, actos violentos motivados por conmociones populares de cualquier clase.

     

     

     

     

  • Quien se puede asegurar ?

    Todos los menores de 25 años que dependan económicamente de sus padres.

     

  • Forma de Pago

    En este Plan el pago de la prima es anticipado y es sólo anual.

  • En caso de reclamación

    Para hacer efectivos los derechos otorgados por el Plan Accidentes Juvenil deberán presentar en cualquiera de las oficinas de la compañía de Seguros, los siguientes documentos:

     

    Por gastos de curación:

    • Formulario de reclamación suministrado por la Compañía.

    • Informe y certificado médico cuando las lesiones sean internas o haya hospitalización.

    • Facturas debidamente canceladas de los gastos incurridos

    Por invalidez accidental:

    • Formulario de reclamación.

    • Informe y certificado médico.

    Por muerte accidental:

    • Formulario de reclamación.

    • Registro civil de nacimiento.

    • Registro civil de defunción.

    • Acta de levantamiento del cadáver.

    • Certificado de necropsia.

     

     

     

     

     

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