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SEGURO DE CUMPLIMIENTO DE DISPOSICIONES LEGALES

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  • ¿Qué cubre?

    Garantiza en favor del estado u organismos públicos, el cumplimiento de obligaciones que se encuentran descritas en leyes, decretos, ordenanzas, acuerdos, resoluciones, etc., que son de carácter general y abstracto.

  • ¿Quién se puede asegurar?

    Toda persona natural o jurídica que presente a la compañía la documentación requerida, la cual se analizará previamente.

  • Documentación requerida.

    • Información Financiera del Tomador y/o Afianzado (Balance General, Notas al Balance y PyG respectivo)
    • Cámara de Comercio actualizada (vigencia maxima 3 meses desde su emisión)
    • Record de obras o contratos ejecutados.
    • Copia del contrato, Oferta Mercantil u Orden de Compra.
    • Copia de la Cedula del Representante Legal y RUT

     

     

  • En caso de reclamación

    La compañía de Seguros efectuará el pago del siniestro dentro del mes siguiente a la fecha en que la Entidad Contratante (Asegurado - Beneficiario) acredite la ocurrencia del siniestro y la cuantía de la perdida, acompañada de los siguientes documentos:

     

    • Acta de liquidación final del contrato debidamente firmada por las partes contratantes, en la que conste el incumplimiento de la obligación amparada y el monto de los perjuicios.
    • Copia auténtica del fallo judicial, administrativo o laudo arbitral, según el caso, debidamente ejecutoriado, por medio del cual se declara el incumplimiento de la obligación amparada y se fija el monto de los perjuicios.
    • La ocurrencia del siniestro se debe informar dentro de los tres días siguientes a su conocimiento.

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